lunes, 29 de noviembre de 2010

MÉTODOS DE REPOBLACIÓN


Concesión del término a la villa de La Roda, en 1310

En el contexto de la “Reconquista” se entiende por repoblación la ocupación de un territorio por los cristianos, anteriormente en posesión de los musulmanes, y su puesta en explotación. Los métodos o sistemas empleados serían muy distintos y variables a lo largo de un periodo tan extenso en el tiempo.

1. El primero que se empleará será la aprisio o pressura, es decir, la ocupación espontánea de un lugar por parte de colonos, legalizando los monarcas, pasado un tiempo, dichas propiedades. Así el resultado serán campesinos que serán libres y propietarios de pequeñas parcelas. Este sistema será el aplicado en los espacios arrebatados al Islam entre los siglos VIII y X, es decir, al norte de España: al norte del Duero y las tierras cercanas a los Pirineos. La presura puede ser individual, por parte de familias, o a veces era colectiva, es decir, dirigida por los reyes a algún lugar escogido y dirigida por algún miembro del clero o la nobleza.
Este sistema tiene lugar en tierras prácticamente despobladas, abandonadas por los bereberes o arrasadas en las guerras fronterizas en la “Tierra de Nadie”. Los reinos cristianos en esta época son débiles, poco poblados, incluso los reyes en bastantes ocasiones tendrá que traer pobladores francos cuando funden muchas de las ciudades del Camino de Santiago.

2. Repoblación concejil: entre los valles del Duero y del Tajo, y en parte de la Marca Hispánica se van a fundar ciudades o concejos que repartían la tierra entre campesinos libres. A cada una de ellas se les otorga un fuero o documento real que contiene las bases de la organización legislativa de la ciudad y su alfoz (territorio de alrededor o término). Así se disponen privilegios (para favorecer ciertos negocios, por ejemplo), exenciones fiscales (se eliminan ciertos impuestos para siempre o por un tiempo), reducciones o perdones de ciertas penas,… para atraer pobladores. En los fueros también se incluyen las normas para el gobierno de la ciudad. Estos fueros o Cartas-Puebla están firmadas por el rey con su sello de plomo y se guardaban celosamente puesto que cada concejo tenía que hacer valer dichas ventajas con cada monarca, es decir, cada rey tenía que jurar esos privilegios. Es muy importante el fuero de Cuenca, que se implantó en gran número de ciudades.

Fuero de Benavente (1164)

Cada concejo está controlado en mayor o menor medida por los monarcas y no tanto por la nobleza o clero, sin embargo, cada concejo, igual que cada noble, tiene que acudir con tropas cuando el rey lo requiera (ejército de mesnadas). Las tropas formadas por simples ciudadanos con armas se llaman milicias.
Este sistema es el que se usa durante los siglos X al XII, en lugares donde los habitantes musulmanes habían sido expulsados.

3. Repoblación por Órdenes Religiosas:

Tras la descomposición del califato y la conquista de Toledo, los reinos cristianos ampliarán considerablemente sus territorios, aunque como en el caso de Castilla, sea sobre tierras ya de por sí poco pobladas. Como, excepto en Toledo, se expulsa a los musulmanes, grandes espacios quedan sin habitantes ni gentes que labren las tierras. A esto se añade la necesidad de defensa del territorio, ya que no queda nadie para hacer frente a los ataques islámicos.
La solución será la entrega de vastísimas propiedades a las Órdenes Militares de Santiago, Calatrava y Alcántara en Castilla, a la de Montesa en el reino de Aragón y entre otras, a la de Avis en Portugal.
Las Órdenes Militares surgieron en el contexto de las Cruzadas en Tierra Santa. Los santos lugares de Jerusalén y Palestina necesitaban ser defendidos del Islam por guerreros y también ser atendidos religiosamente por clérigos, así que se fundan estas órdenes de monjes-guerreros. Muy conocidas son las primeras que se fundaron, las órdenes del Temple (los templarios, así llamados por su función, defender el Templo de Jerusalén), del Hospital (los hospitalarios atendían a los peregrinos y enfermos del hospital de Jerusalén), de San Juan. En España, donde también hay una lucha continua entre el Islam y el cristianismo, se fundan órdenes propias, las arriba citadas, que son las más importantes (aunque aquí también hubo templarios, etc.). La máxima autoridad de una orden era el Maestre.
Los espacios que se ocuparán serán las tierras entre el Tajo y Sierra Morena y parte del valle del Ebro, es decir, las conquistadas a finales del XI, el siglo XII y parte del XIII.
El resultado de este sistema será:
- La creación de extensos latifundios en manos del clero, es decir, enormes propiedades o señoríos eclesiásticos.
- Una desigual distribución de la población: por un lado, una gran concentración en los núcleos fortificados y defendidos por las órdenes, frente a vastos espacios deshabitados o poco densamente poblados. Esta situación ha llegado en Extremadura y Castilla-La Mancha hasta hoy. La población será escasa en general, puesto que se expulsó a los musulmanes.
- Como consecuencia de la situación antes descrita, la dedicación económica de dichas regiones a la ganadería extensiva, la actividad más adecuada ya que además de que había pocos pobladores trabajando para las órdenes, había grandes espacios disponibles.

4. Repoblación por repartimiento:

Tras las Navas de Tolosa (1212), el rápido avance cristiano deja en manos de Castilla y Aragón una gran cantidad de tierras, de una gran riqueza agrícola, y por lo general, densamente pobladas. Esto hace que se busquen soluciones que compatibilicen las propiedades de la población musulmana que se queda junto a la entrega de lotes de tierra a los conquistadores y repobladores cristianos.
Un repartimiento, como su nombre indica, será el reparto de las tierras entre los vencedores, teniendo en cuenta su “contribución” a la conquista. Así, los que acuden con sus tropas en ayuda de los reyes recibirán grandes latifundios, es decir, los nobles y la Iglesia (órdenes militares, miembros del alto clero con soldados propios,…). Por otra parte, un caballero (soldado a caballo) recibía, dada su mayor capacidad de combate, más que la infantería, y dentro de ésta, un ballestero obtenía más que un peón (soldado a pie), ya que se le consideraba más decisivo en la lucha.
Estas tierras provenían de dos vías:
- En ciudades que se había expulsado a la población musulmana, al estar muy cerca de la frontera (p.ej. en mi pueblo), o por ejemplo en Sevilla, se reparte todo el alfoz.
- En el resto de lugares, por lo general se queda el pueblo menudo, mientras que la aristocracia islámica se marcha, quedando buena parte de las tierras y casas para el reparto entre los cristianos.
En cada ciudad se realiza un libro de repartimiento, que se guarda celosamente, en el que quedan catastradas cada propiedad, rural o urbana, con todo detalle y el nombre de su propietario. Son de importantísimo valor histórico, por ejemplo los libros de repartimiento del reino de Mallorca o el del reino de Murcia, en el que aparecen las lindes entre cada parcela y sus dueños, cristianos o musulmanes. Son tan importantes, que siglos después, en caso de litigio por una finca, la forma de demostrar su posesión legítima era acudir a dicho libro y demostrar ser el heredero del poseedor de la misma allí registrado.

Las consecuencias de dichos modelos de repoblación son importantísimas para la historia de España. En la mitad norte la propiedad aparece por lo general más repartida, habiendo un predominio del minifundio hasta incluso hoy. Sin embargo, en la mitad sur del país se han formado enormes latifundios en manos de la nobleza y el clero, que son meros rentistas, es decir, no se preocupan por producir más, sólo por cobrar. Como resultado, en una parte de la península hay pequeños propietarios frente a la otra donde los campesinos son en su gran mayoría siervos.
Pero esto es una simplificación de la realidad. En toda España aparecen “feudos” o señoríos (mejor) nobiliarios (en manos de la nobleza), eclesiásticos (bien de parroquias, para el mantenimiento del clero, monasterios, órdenes militares, obispos, etc.) y de realengo (“dentro de lo malo, lo mejor”, puesto que el rey no era tan exigente con sus vasallos. Hay que recordar que en cada señorío aplica la ley su dueño, sea cual fuere. Es el llamado señorío jurisdiccional.

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